A plena luz del día, en medio del Paraná, el puerto de la empresa Nidera ubicada en Puerto General San Martín realiza carga de buques sin las medidas mínimas de seguridad ambiental que impidan la contaminación causada por el polvillo que vuela en el embarque de cereales. La Prefectura argumenta que esa es competencia de la Municipalidad.
Según su propia web las principales actividades de Nidera en Argentina “están comprendidas por la recepción, almacenaje, acondicionamiento y comercialización de granos, oleaginosas, aceites, harinas y derivados. Asimismo realiza la producción y comercialización de aceites comestibles envasados para el país y el exterior y es líder en investigación, producción y provisión de híbridos y variedades para el mercado de semillas, junto con la distribución de una gran variedad de insumos agropecuarios”
La multinacional nacida en Rotterdam, Holanda, en 1920, que apenas nueve años después inició sus operaciones en la Argentina, es hoy propiedad mayoritaria de capitales chinos. En marzo de este año la National Cereals, Oil & Foodstuffs (Cofco) se quedó con el 51% de su paquete accionario.
La empresa cuenta con dos plantas de molienda de soja y girasol donde genera subproductos de valor agregado para mercados locales y externos, con una terminal de embarque propia para la carga de sólidos y líquidos en la localidad de Puerto General San Martín.
Allí el domingo 26 de octubre pudimos constatar (ver fotos y video) cómo se realizaba el embarque de un buque cerealero sin utilizar los implementos de seguridad ambiental necesarios.
Es obligatorio que las terminales portuarias tengan y utilicen, en el momento del embarque, hidrantes que arrojan agua sobre la zona de carga para mitigar el polvillo resultante de la operación. A simple vista, y observando la nube de polvo que cubría el buque, se pudo apreciar que no se estaban utilizando, violando las normas que exigen que los sistemas de ventilación o aireación de granos, norias y conductos, carga y descarga, que exige que “deban equiparse técnicamente para minimizar la salida al exterior de material particulado y reducir el nivel sonoro”
Además esta práctica viola normas ambientales como la resolución 201/2004 sancionada en Santa Fe el 21 de diciembre de 2004 que en su artículo segundo aclara: “Se entiende por contaminación del aire a los efectos de esta Resolución, la presencia en él de cualquier agente químico, físico o biológico, o de la combinación de los mismos, generados por la actividad humana, en concentración y tiempos tales, y la frecuencia de ocurrencia, que puedan ser nocivos para la salud humana o perjudiciales para la vida animal o vegetal, o que impidan el uso y goce de las propiedades o lugares de recreación”
A pesar de declarar grandes gastos en protección ambiental en la web de la empresa como por ejemplo los que hicieron en el periodo 2010-2011(gastos ambientales por $ 983.623, e inversiones ambientales por $ 26.143.379) los hidrantes no estaban en funcionamiento.
Polvillo peligroso
“Cuatro de cada diez personas que viven en cercanías de silos que almacenan granos poseen problemas respiratorios y, eventualmente, alergia, debido a la emisión de polvo de soja, trigo y maíz”. Esto asegura el estudio realizado en la ciudad cordobesa de Marcos Juárez, por científicos y profesionales, varios de los cuales se desempeñan como docentes en la Universidad Católica de Córdoba
También en la localidad santafesina de Firmat la Municipalidad procedió en 2012 a clausurar la planta de acopio que Nidera tiene ubicada en plena zona urbana. La medida llegó un día después de que la última inspección realizada constatara que la firma había cumplido parcialmente con las indicaciones formuladas para que hiciera una serie de reformas en sus instalaciones a fin de evitar el fuerte impacto ambiental que provocan sus actividades.
Dicha medida se basó sobre la larga lista de reclamos que durante décadas realizaron los vecinos del lugar, quienes evidencian padecimientos de salud por consecuencia del polvillo, los ruidos y la contaminación de los productos que se utilizan en el manejo de los granos.
¿Quién controla?
Si bien la Prefectura Naval Argentina, en su función de Policía de Protección Ambiental, incluye la prevención y lucha contra la contaminación de las aguas por hidrocarburos y otras sustancias nocivas y peligrosas provenientes de buques, siendo Autoridad de Aplicación de numerosos Convenios Internacionales Específicos, en comunicación con La Brújula aseguraron que ese control es competencia de la Municipalidad de Puerto San Martín.
Desde la Secretaría de URBANISMO de la municipalidad puertense aseguraron no saber del hecho, ni de su competencia en el control de sucesos de ese tipo.
Por su parte las autoridades provinciales ante el hecho consumado deberían accionar si se tiene en cuenta el artículo 14 de la Resolución Nº 177/03 sobre almacenamiento, distribución, acondicionamiento y conservación de granos se explica que “cuando se detecten episodios de contaminación atmosférica en el área de un establecimiento, en razón de las emisiones que genere su funcionamiento, superándose los Niveles Guía de calidad de aire establecidos en el Anexo I, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable evaluará el establecimiento, su ampliación y/o modificación de actividades, requiriendo las correcciones necesarias para adecuarlo a la presente Resolución.”
Pero la regla parece ser otra. Así como a la ausencia los laboratorios que realizan las evaluaciones para determinar la toxicidad de los agroquímicos están directamente vinculados o son las mismas empresas (Monsanto, Nidera, Atanor, Etc) que producen y comercializan pesticidas, el control de la contaminación portuaria parece estar librado a la buena voluntad de las empresas multinacionales cerealeras. Un panorama poco alentador.
Fuente: Brújula Comunicación.com
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