10.07.12| 12:37 El municipio capitalino ha anunciado su intención de poner en funcionamiento del horno pirolítico para el tratamiento de la basura. Pero se trata de una tecnología obsoleta en el mundo que, según advierten organizaciones ecologistas, provoca graves daños al medio ambiente y puede favorecer el desarrollo de enfermedades como cáncer, disfunciones neurológicas, alteraciones en el sistema inmunológico, malformaciones congénitas, problemas en los pulmones y los riñones, entre otras consecuencias.
Cuando en mayo pasado el intendente de San Fernando del Valle de Catamarca, Raúl Jalil, anunció que entre sus planes se contaba la puesta en condiciones del horno pirolítico, instalado en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos de El Pantanillo, se encendió una luz de alarma en organizaciones ecologistas, cuyo objetivo principal es combatir la incineración de la basura, una práctica altamente contaminante y con efectos devastadores para el medio ambiente.
De hecho, enteradas por los medios de comunicación de la iniciativa, un grupo de alrededor de cuarenta organizaciones, entre ellas Greenpace, integradas en lo que se denomina la Coalición Ciudadana Anti-incineración, que a su vez se referencia a nivel internacional en la Alianza Global por Alternativas a la Incineración (GAIA), le enviaron una nota tanto al intendente Jalil como al presidente del Concejo Deliberante, Simón Hernández. En esa misiva, manifiestan preocupación ante el conocimiento de que hay intenciones de poner en funcionamiento un horno pirolítico para quemar residuos en su ciudad”.
“Internacionalmente –prosigue la carta- se reconoce que las plantas de incineración producen gran variedad de contaminantes, entre ellos las dioxinas y furanos. Las dioxinas son un grupo de sustancias muy tóxicas. Una de ellas, la 2, 3, 5, 8-TCDD, ha sido clasificada como “cancerígeno humano cierto” por la Agencia Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (IARC). Los incineradores también emiten al ambiente metales pesados como titanio, cromo, manganeso, hierro, bario, cobre, zinc, estroncio, estaño, plomo y mercurio, entre otros. Estos han sido asociados con numerosos trastornos de la salud, como disfunciones neurológicas, alteraciones en el sistema inmunológico, malformaciones congénitas, problemas en los pulmones y los riñones, aumento de la incidencia de diabetes, cáncer, entre otros”.
Más adelante, las ONG indican que “el Plan Nacional de Aplicación del Convenio de Estocolmo elaborado por Argentina, se fija como objetivo, en relación con los residuos sólidos urbanos, “promover la prohibición de la incineración como tecnología de tratamiento y disposición final de este tipo de residuos, incluyendo la utilización de éstos como insumo para la producción de energía”.
Luego de numerosas consideraciones de similar índole, la carta finaliza diciendo: “Esperamos que su gestión apueste por estrategias sustentables y sensatas como la reducción, el reciclaje y el compostaje. Esperamos que ésta sea la opción de futuro que se elija para la comunidad de San Fernando del Valle de Catamarca y sea ejemplo una vez más para todas las ciudades y comunas de la provincia”.
Más de una década sin funcionar
El horno pirolítico municipal fue adquirido en el año 2001 pero, por distintas razones, no funcionó hasta la actualidad. Entre esas razones debe mencionarse que nunca se completó la inversión necesaria para que entrara en funcionamiento. En 2006 la empresa Minera Alumbrera se ofreció a realizar los aportes necesarios para la activación del horno, pero a poco de analizarse el impacto ambiental, y también debido a pedidos de las organizaciones defensoras del medio ambiente, el proyecto volvió a fojas cero.
Ordenanza vetada
En el mes de octubre del año 2009, el Concejo Deliberante de la capital sancionó la ordenanza 4667 por la que disponía “el reacondicionamiento y puesta en funcionamiento del horno pirolítico y la cinta clasificadora de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, dependiente de la Municipalidad de la Capital”. Para tal fin se preveía el financiamiento a través de partidas correspondientes al Fondo Federal Solidario.
Pero pocos días después, el entonces intendente, Ricardo Guzmán, vetó la ordenanza. En los fundamentos del veto se señalaba que la Administración del Ambiente consideraba que no era aconsejable poner en funcionamiento el horno pirolítico debido a que “el uso de dichos hornos, a través del proceso de incineración para eliminar residuos domiciliarios y patológicos, provoca la liberación de desechos al ambiente, como residuos sólidos (cenizas) y gaseosos como dioxinas, furanos, metales pesados, monóxido y dióxido de carbono, principales productores del efectos invernadero y de la desaparición de la capa de ozono”.
Además, se mencionaba que “los compuestos mencionados, cuentan con alta toxicidad, siendo bioacumulativos y permaneciendo en el ambiente durante períodos prolongados sin degradarse, acumulándose en los organismos vivos y pudiendo provocar en el hombre alteraciones en el sistema inmunológico, malformaciones, aumento de diabetes, retraso en el desarrollo, cloracné y cáncer”.
Localidades que prohibieron expresamente la incineración de residuos
2009
La provincia de Santa Fe prohibió la eliminación de residuos sólidos urbanos y compatibles por el método de incineración, en cualquiera de sus formas, con o sin recuperación de energía, así como la contratación de empresas incineradoras de residuos localizadas en otras jurisdicciones.
La localidad santafesina de Laguna Paiva prohibió la instalación de incineradores de cualquier tipo en su territorio, y la contratación de empresas de incineración de otras jurisdicciones.
2008
La ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, sancionó una ordenanza de Basura Cero que prohíbe la incineración de residuos sólidos urbanos.
La ciudad de Zárate prohibió por cuatro años la instalación de plantas de tratamiento de residuos peligrosos y patogénicos, y la ampliación de las plantas existentes.
2006
El Concejo Deliberante de General Pueyrredón prohibió la instalación de incineradores de cualquier tipo en el municipio.
2005
La ciudad de Buenos Aires sancionó una ley de Basura Cero que incluye una prohibición a la incineración de residuos sólidos urbanos.
La ciudad de Rosario prohibió la incineración de residuos patogénicos y la contratación de empresas de incineración en otras jurisdicciones para el tratamiento de esos residuos.
El Concejo Deliberante de Villa Regina, Río Negro, sancionó una ordenanza que prohíbe la localización y el funcionamiento de incineradores de residuos dentro del casco urbano y zonas de producción rural.
La legislatura de la provincia de Tierra del Fuego prohibió la instalación de hornos pirolíticos dentro del ejido urbano de las ciudades de Río Grande, Ushuaia y Tolhuin.
2004
El Concejo Deliberante de la localidad cordobesa de Villa Allende prohibió la instalación de incineradores de residuos y crematorios y el ingreso de residuos peligrosos de otras jurisdicciones.
La municipalidad de Villa Nueva sancionó una ordenanza declarando zona no habilitada para la instalación de incineradores y crematorios al área urbana y de posible crecimiento urbano del municipio.
El Concejo Deliberante de la ciudad de Crespo, provincia de Entre Ríos, sancionó una ordenanza que prohíbe la instalación de plantas de incineración de todo tipo de residuos, incluyendo aquellas que utilicen residuos como combustible, a un radio de 10 km de la delimitación del casco urbano.
La ciudad santafesina de Totoras prohibió la incineración de residuos patológicos. La ordenanza es válida para establecimientos públicos y privados, y también prohíbe el ingreso a la ciudad de este tipo de residuos para su tratamiento o disposición final.
La ciudad de Esquel prohibió la incineración de residuos en todas sus formas.
2003
El Concejo Deliberante de la ciudad de Tres Arroyos, en la provincia de Buenos Aires prohibió la instalación de incineradores para quemar cualquier tipo de residuos.
El Concejo de Granadero Baigorria, provincia de Santa Fe, prohibió la incineración de residuos hospitalarios.
2002
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley que prohíbe la incineración de residuos hospitalarios. La ley también prohíbe la contratación de empresas de incineración para el tratamiento de los residuos de los hospitales municipales de Buenos Aires, aún cuando esas empresas estén fuera de la ciudad.
El Concejo de Villa Constitución, provincia de Santa Fe, prohibió la instalación de incineradores.
El Concejo Municipal de Coronel Bogado, provincia de Santa Fe, prohibió la instalación de incineradores.
El Concejo de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, prohibió la instalación de incineradores.
El Concejo Municipal de Casilda, provincia de Santa Fe, emitió una ordenanza prohibiendo la incineración de residuos peligrosos por 180 días. En noviembre de 2002 la prohibición fue extendida por 180 días más, y en agosto del año 2003 fue sancionada definitivamente.
El Concejo Deliberante de la municipalidad jujeña de Palpalá prohibió la instalación de incineradores para el tratamiento de cualquier tipo de residuos.
La Municipalidad de Capitán Bermúdez, provincia de Santa Fe, prohibió la incineración.
2001
La provincia de San Juan prohibió la instalación de crematorios en áreas urbanas y semi urbanas.
Texto: Marcelo Gallo
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