Por José Jorge Aldecoa
Se produce una exportación “cuando las materias primas, productos y/o servicios del país de origen que se venden al exterior, son efectivamente recibidos y “nacionalizados” [1] en destino y son abonados en los plazos y montos pactados, mediante el ingreso de las divisas en el circuito financiero del país exportador.” Pero aquí surge la gran paradoja de la exportación de minerales, ya que por el Decreto 753/2004 [2], el gobierno actual resolvió que la actividad minera está excluida del cumplimiento de lo mencionado en el párrafo anterior.
Todos nosotros hemos oído y leído hasta el cansancio informaciones sobre los extraordinarios beneficios que nos brindan las cuantiosas exportaciones de minerales que se producen en nuestro país. También hemos escuchado a gobernantes y funcionarios decir que las ventajas que nos dejan las exportaciones de minerales compensan con creces “los pequeños inconvenientes” que ocasionan las operaciones de extracción de los mismos.